Como regalo para todos los Docentes y padres de familia,al terminar el primer semestre; el próximo sábado 27 de junio a las 10 en punto de la mañana, en radio Santa Fe, 1070 del AM; estará con todos nosotros el Senador, con PRIMICIAS y DATOS DEL ACTA de la última reunión de la COMISION INCIDETAL, en la cual hubo representantes del senado, tres ministros y asesores del gobierno. Realmente IMPORTANTE. Grabelo y deje de pagar abogados.
TEMA: Régimen Especial de Pensiones de los Docentes en Colombia, sigue vigente!!!!!!!!! Envianos tus preguntas e inquietudes:
www.escuelaparapadresymadres.com - contacto@escuelaparapadresymadres.com








¿Que pasara con la prima semestral de los docentes?
NECESITO INFORMACION SOBRE EL ACTA DE LA ULTIMA REUNION DE LA COMISION INCIDENTAL SOBRE EL REGIMEN ESPECIAL DE PENSIONES DE LOS DOCENTES EN COLOMBIA Y CUAL FUE EL ULTIMO ACUERO Y SI SIGUE VIGENTE. TAMBIEN SI PUEDO CONSEGUIR LA INTERVENCION DEL SENADOR CARLOS AVELLANEDA DE JUNIO 27 EN EL PROGRAMA DE RADIO SANTAFE A LAS 10
sigue o no el regimen especial de los maestro?
si es si , entonces se recupera la mesada 14 ?
Tambien todos los factores salariales?
Gracias por su respuestas
SOY DOCENTE NOMBRADO EL 31 DE JULIO DE 1978. ACTUALMENTE LABORO EN LA INSTITUCION EDUCATIVA NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN DELA DORADA CALDAS. LLEVO MAS DE 30 AÑOS DE SERVICIO CONTINUOS, TENGO PENSIÓN DE GRACIA Y EL 4 DE AGOSTO DE 2010 CUMPLO 55 AÑOS PARA ADQUIRIR MI PENSIÓN POR JUVILACIÓN. ES VERDAD QUE NO PUEDO RECLAMARLA? QUE A PARTIR DEL PRIMERO DE AGOSTO DEL 2010 PIERDO ESE DERECHO POR TENER UNA PENSIÓN DE GRACIA Y 4L 4 DE AGOSTO YA NO HAY REGIMEN ESPECIAL Y POR LO TANTO NO PUEDO RECLAMAR LA PENSIÓN DEFINITIVA? POR FAVOR CONTESTEME PORQUE ESTOY QUE ME SUICIDO PARA NO PERDER ESE APOYO PARA MI FAMILIA. GRACIAS.
EL 4 DE AGOSTO DE 2010 CUMPLO 55 AÑOS PARA ADQUIRIR MI PENSIÓN POR JUVILACIÓN. ES VERDAD QUE NO PUEDO RECLAMARLA? QUE A PARTIR DEL PRIMERO DE AGOSTO DEL 2010 PIERDO ESE DERECHO POR TENER UNA PENSIÓN DE GRACIA Y 4L 4 DE AGOSTO YA NO HAY REGIMEN ESPECIAL Y POR LO TANTO NO PUEDO RECLAMAR LA PENSIÓN DEFINITIVA? POR FAVOR CONTESTEME PORQUE ESTOY QUE ME SUICIDO PARA NO PERDER ESE APOYO PARA MI FAMILIA. GRACIAS.
EMPECÉ A TRABAJAR EL 17 DE MAYO DE 1978, A LA EDAD DE 16 AÑOS, LO QUE QUIERE DECIR QUE AL 2010 Y A PESAR DE TENER 31 AÑOS DE SERVICIO, NI SIQUIERA HE RECIBIDO LA PENSION DE GRACIA; ESTOY MUY PREOCUPADA
POR TAL SITUACION PUES DESPUES DE TANTOS AÑOS UNA ESPERA ES RECIBIR RECOMPENSAS POR HABER DEDICADO TODA MI VIDA A LA NIÑEZ COLOMBIANA Y QUÉ VOY A RECIBIR? ESPERO ME AYUDEN A RESOLVER TODAS ESTAS DUDAS: PIERDO LA PENSION DE GRACIA, SOLO POR HABER EMPEZADO TAN JOVEN A TRABAJAR? PIERDE VIGENCIA LA NORMA QUE DICE QUE LOS NOMBRADOS ANTES DE 1980 PODEMOS ADQUIRIR DICHA PENSIÓN? ESPERO PRONTA RESPUESTA. MIL GRACIAS
me podrian enviar por favor la ultima información existente sobre lo relacionado con el regimen especial para docentes y el contenido del programa radial del 27 de junio en radio santafe
por favor enviarme información sobre la pension gracia. Fui vinculada al magisterio en febrero de 1981, este año cumplo los 50 de edad. Actualmente estoy pensionada por invalidez,¿tengo derecho a la pensión gracia? Favor responderme prontamente, soy de Cúcuta.
Gracias por su atención.
fui nombrada interinamente el 1 de septiembre de 1980 por un termino de 60 dias me poseciono el dia 30 de octubre para que los alumnos no se quedaran sin clases lavore hasta el 10 de noviembre cuando termino el año academico luego en febreo del año 1980 se me da otro nombramiento y tomo posecion el dia 31 de marzo en las hojas de servicos que me da la secretaria de educacion dice nombrada interinamente el 1 de septiembre de1980 sera que tengo derecho a la pencion gracia ya que en diciembre del presente año cumplo 50 años de edad y 28 de servicios y la ley dice continuos o descontinuos para tener derecho le agradesco una respuesta
Es verdad que el docente nombrado en 1992por decreto departamental del valle del Cauca se convierte en nacional para la liquidación de cesantías?
Llevo 35 años trabajando con colegios nacionales, 6 meses en primaria y 34 años y medio en Bachillerato; la Caja Nacional me nego la pension de gracia. Quiero saber si tengo derecho a la pension gracia y cu{al es proceso a seguir.
Gracias Hilda Viassus
Respetados Señores:
Cordial Saludo: Soy docente del Distrito de Bogotá, empece a laborar en el año 2006 con nombramiento en provisionalidad a termino indefinido, este año (2009) desde el mes de abril tengo una incapacidad por enfermedad, `pues en el año 2007 me salio un tumor pleomorfico de glandula salival y todo se supone que salio bien, pero en diciembre del 2008 se empezó a inflamar la cara y con dificultad para hablar, pues el dolor es intenso, desde marzo esta incapacidad ha sido continua, en el momento se está esperando una junta medica con varios especialistas, el médico laboral dice que ya se empezó tramites de pensión, que en este momento hay que esperar el resultado de la junta médica. La pregunta que yo hago es A QUE TIPO DE PENSIÓN TENGO DERECHO YO?- QUÉ REGIMEN ME ACOGE A MI?- ES CIERTO QUE PARA MI PENSIÓN DEBO SER ACOGIDA POR LA LEY 100?- QUE TIPO DE PENSION POR INVALIDEZ,POR ENFERMEDAD PROFESIONAL, COMÚN? POR FAVOR ACLARAME ESTAS DUDAS QUE TENGO. QUISIERA SABER A QUE TENGO DERECHO PUES CREO QUE A NOSOTROS LOS DOCENTES NOS ESTAN QUITANDO TANTAS PERO TANTAS COSAS Y DERECHOS QUE NOS SENTIMOS ATROPEYADOS.
Tal como lo hemos venido informando en el periodico “Maestro legal” que editamos mensualmente, existe una noticia grata que permite alejar el fantasma que ha venido acosando a los maestros respecto a la continuaidad del régimen excepcional de prestaciones sociales de los docentes oficiales afiliados el FNPSM. De acuerdo a la Carta enviada a la señora Ministra de Educación Nacional por la Comisión Accidental conformada entre otros, por un grupo de congresistas de diferentes vertientes políticas, explican con los fundamentos históricos de los debates al interior del Congreso referente a la discusión del Proyecto del Acto Legislativo de Julio de 2005, de ninguna manera, se trató de eliminar el régimen prestacional del Magisterio, sino al contrario, preservarlo tal como fue constitucionalizado el artículo 81 de la ley 812 de 2003. En consecuencia, esta interpretación refuerza la lucha para que el Gobierno no acoja el Concepto negativo del Consejo de Estado. Al contrario, en caso de la segunda consulta que esta en curso, la alta corporación jurisdiccional de lo contencioso administrativo debe modificar su criterio acogiéndose a la interpretación histórica que hace el Congreso de la República; sin embargo, es conveniente que los docentes no bajen la guardia hasta tanto se defina por parte del Gobierno el respeto por la continuidad del régimen prestacional de los maestros más allá del 1º de agosto de 2010. Asi, que no es conveniente generar terrorismo jurídico ni tampoco adoptar una posición apática, a sabiendas que todos los gobiernos de turno siempre han querido desmotar el régimen
Por favor, necesito saber por qué no me paga la mesada del presente mes de julio
Por favor, necesito saber por qué no me ha llegado el pago del mes de julio de la pensión gracia
En el año de 1997 termine mis estudios de posgrado y lo utilice(porque la ley me lo permitìa) para mejoramiento. En el 2002 cumplia el tiempo respectivo del 2277 para llegar al grado catorce y me negaron dicho derecho aduciendo escalafòn que deberìa realizar otro posgrado porque ya habìa utilizado para mejoramiento segùn la nueva normatividad. Considero injusto porque en el momento que lo utilice la ley me lo permitìa yo no podria ser adivino en el sentido que llegarìa una nueva norma, me parece injusto porque lo lògico era que me amparara la norma anterior. Deseo saber si los abogados continuan reclamando este derecho para los docentes en mi caso? Agradezco su informaciòn
Quisiera que me ayudaran a salir de dudas con respeto a la pensión de gracia ya que estoy averiguandole a mi madre por este proceso en el que tengo algunas dudas ya que ella inicio a laborar con una institución en el antes del 31 de de diceimbre de 1980 pero se retiro de esta institución de sector rural en la que laboró por mas de un año, luego volvio a ser docente nombrada desde el año 84.
Mi preguntas son suman estos años para benficiarse de la pensión de gracia?? y es decir requiero de información y ayuda para ver de que manera ella podria ser beneficiada o no
MI INQUIETUD ES LA SIGUIENTE: FUI VINCULADO EN EL AÑO 2002 EN EL CENTRO EXPERIMENTAL PILOTO DE BOLIVAR CON FUNCIONES ADMINISTRATIVAS PEDAGÓGICAS, ENTRE EN CARRERA ADMINISTRATIVA Y ASCENDÍA EN EL ESCALAFON DOCENTE, POSTERIORMENTE FUI INCORPORADO POR LEY 60 DE 1993 A LA ALCALDÍA DEL DISTRITO DE CARTAGENA, A TRAVES DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Y FUI NOMBRADO COMO RECTOR DE UN ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO EN EL AÑO 1997. EL TIEMPO PARA PODERME PENSIONAR ES A PARTIR DEL AÑO 1992 0 1997? LAS SEMANAS COTIZADAS SE CALCULAN DEL AÑO 1992 O 1997? EN ESTE CASO, CUAL SERÍA LA EDAD PARA PNSIONARME?
Cordial saludo
Les agradezco me informen sobre la pension de gracia hace un año once meses metí los papeles por intermedio de un abogado y estas son hora que todavia estoy esperando. Por qué demora tanto en salir.
tengo 47 años de edad y 28 años de servicio inicie en el año 1981
mi pregunta es que ha pasado con la demanda de los maestros que estamos nombrado despues del 80
tenemos posibilidades de ganarla?
Hay pobres pensionados están que sufren pero que carajos ya cumplieron su ciclo dejen trabajar a los que de verdad estamos comprometidos con esta profesión tan bella.
si el regimen pensional especial se acabará el 31 de julio de 2009 y no he cumplido el tiempo pero tengo la edad,será que me dejan cumplir el tiempo o que sucederá,o,por el contrario,continuo hasta que cumpla el tiempo que son dos años
estoy trabajando en el municipio de Soacha desde el año 1993 pero fui nombrada en el año 1995. el año pasado me diagnosticaron cancer de seno y a la fecha de hoy por la cirugía y tratamiento de quimioterapia y radioterapia mi salud ha desmejorado mucho por lo que en el mes de julio me incapacitaron por dos meses e iniciaron proceso de pension . quiero saber los documentos que debo alistar para la pension,cuanto demora en salir, si pasando los papeles el 22 de septiembre para ascender a categoria 13 puedo quedar en esa categoria y si me devuelven el dinero que me han descontado en estos 3 meses. Que hace la fiduprevisora en estos casos. MUCHAS GRACIAS POR ACLARARME MIS DUDAS.
Manuel Orrego
Actualmente soy docente del 1278desde Diciembre de 2005.He cotizado desde 1979 hasta 1996 al seguro social(920 semanas)luego me traslade a unfondo privado(Colpatria),alli cotice 180 semanas. Luego Colpatria fue absorbido por pensiones y cesantias BBVA y alli cotice aproximadamente 236 semanas, por ultimo he cotizado desde2006 hasta la actualidad al Fondo de Pensiones del Magisterio aproximadamente 251 semanas. Ademas soy del regimen de transicion, ya que para Abril 1 de 1994, contaba con 42 años de edad y 15,2 años de cotizaciones al ISS.Actualmente cuento con 58 años de edad, y por ley 812 del 2003 en su artículo 81, dice que los docentes que se vinculen despues de esta ley(812), deben de pensionarse a los 57 años de edad.
Mi pregunta es¿Puedo pensionarme ya bajo los parametros de esta ley?
He cotizado mas de 1500 semanas-Mucho les agradeceria mandarme respuesta deesta al email: morrego19@hotmail.com
saludos. quisiera enterarme de porque protestan los profesores del regimen público. Además de ello que me envien la norma que quiere implementar el gobierno. Por ultimo si un profesor es contratado oficialmente este año, cual serian las reglas de juego en cuanto al regimen pensional.
ya cumpli el tiempo para la pension derecho. Radique el 20 de abril del 2009 y no he sido notificada. A donde medirijo para recibir informacion. por favor colaborenme envienme respuesta pronto
En el caso de ser aplicado el lesivo concepto del consejo de estado saldrian todos los maestros que ya tienen la pensión de gracia y la de derecho?
El concepto del consejo de estado al ser aplicado es inconstitucional y va en contra de los derechos ADQUIRIDOS, entonces pasariamos a entablar demandas contra el estado, esto implicaria mayor gasto para la nacion, fecode ha planteado esta posibilidad?
En el dia de ayer el consejo de estado emitio un nuevo concepto sobre el regimen especial , en que terminos se pronuncio el consejo de estado?
Cuando se obtiene respuesta de aprobacion?
saludo cordial.necesito con urgencia ayuda luz guia.
deseo saber como lograr el reconocimiento de la pensión gracia. Llevo 37 años continuos de maestro desde 1972. me inicie como maestro departamental 2 años; cometi la brutalidad sin saberlo de pasarme a trabajar como maestro nacional. hice aportes a cajanal y ahorame negan la pensión gracia.
gracias
El Peñon,Septiembre 28 de 2009.
Si el aparato juridico del Estado colombiano,define como en efecto se definira,la conservación del regimen espacial de los docentes,el retiro de cualquiera de esos docentes será negociado con el Ministerio de Educacion Nal?
que ha pasado con los docentes nombrados despues de 1980 respeto a la pension gracia y hasta que año hay posibilidades de algun proyecto de ley o una demanda
cordial saludo
Quiero seber si tengo derecho a la pension degracia, fui vinculada el 19 de febrero de 1981
gracias,requiero orientacion
Necesito tener bien claro lo siguiente: Soy docente nacionalizada nombrada en el año 2.002, vinculada al Dpto. En el año 1.989, emana la ley 91 segun se deja leer no tengo derecho a la pensión gracia, ¿Se podrá reclamar de alguna forma, teniendo en cuenta que la ley no se debe aplicar con retroactividad? me gustaría conocer su opinión y si existe jurídicamente algo en que reglamentarse. quisiera leerlo.
Aclaración:
En mi comentario anterior manifesté que fuí nombrada en el año 2.002 y fué en el año 1.982.
Se adquiríó pensión con el Fondo Prestaional del Magisterio en Mayo del 2006, NO la liquidaron con Primas (Navidad, Vacaciones…), según Decreto 3752/2003, en el municipio de itagui, sólo reconocieron y pagaron la prima de vida cara desde 2003 a 2009, en el mes de septiembre de 2009.¿Se puede pedir reliquidación por estos factores?
¿Cómo queda la mesada 14 para los pensionados del magisterio pensionados después del 2005, que su valor sea superior a 3 salarios mínimos, de acuerdo al concepto del Consejo de Estado(10/09/2009)?
cordial saludo
deseo preguntarle como va el proceso de la demanda sobre la pension de gracia para los docentes que fuimos nombrados despues del año 1980, si existe alguna posibilidad de ganar dicha demanda
Soy docente en el area de Ciencias sociales, acabo de cumplir 54 años de edad y 21 años de servicio, el dia 14 de febrero del año 1981 fui enviada con autorizacion de la Secretaria de Educacion a el corregimiento de GUACOCHE municipio de Valledupar departamento del CESAR; y el dia 21 de julio 1981 fui nombrada en propiedad, pero renuncie el 22 de mayo de l994 por motivos personales, en el año 1990, 1991, 1993 fui nombrada como catedratica de tiempo completo, cobijada por la ley 60 de 1994 me nombraron nuevamente en propiedad el 28 de febrero 1994. Mi pregunta es ¿TENGO DERECHO A LA PENSION DE GRACIA?. He escuchado que existe un fallo de la corte a cerca de los nombrados hasta el 1989. ¿TIENEN O NO TIENEN DERECHO A LA PENSION DE GRACIA? POR FAVOR SI ALGUIEN CONOCE ESE FALLO SE LOS AGRADEZCO ME ENVIEN COPIA a mi correo rosamatroncoso@hotmail.com por otra parte tengo una inquietud a cerca del servicio prestado como catedratica ¿CUENTA PARA LA PENSION? o ¿No? por favor estoy desesperada por saber que hacer. Necesito orientacion.
el daño mas grande que le ha hecho Uribe al magisterio es aumentar la edad de las maestras para pensionarnos, es muy dificil sobrevivir 65 años con este miserable sueldo de hambre, no creo que disfrute esa pension.ojo presidente con la releccion, recuerde que somos mayoria.
el proyecto de ley No 114 de 2009, con respecto a la pension gracia que tienen derecho los docentes nacionales del honorable senador Avellaneda. pregunto cuando aproximadamente dan la respuesta a favor de esta injusticia que han cometido con los docentes nacionales?
mil gracios y un Dios lo bendiga por luchar por nuestros intereses Dr Avellaneda
quienes tienen derecho a la pension de gracia es cierto que los posecionados antes del 31 de diciembre de 1980
si la prime semestral era un derecho adquirido por que no la quitaron en santander a los posecionados despues del 80
gracias por sus respuestas
mi tiempo de servicio se inicia apartir del año1987, a traves de contratos muniicipales , horas extras y horas catedras, secretaria de educacion y fui nombrada oficialmente en el 1993. M
mi inquietud es que si para el regimen de pensiones me reconocen ese tiempo a partir del 87 hasta el 1993 y con mis 52 años de edad puedo diligenciar mi pension de derecho?
Serìa muy ilustrativo y de mucha ayuda que se publicara la soluciòn a las situaciones arriba expuestas, ya que muchos nos encontramos en situaciones similares ò parecidas.
Cordial y respetuoso saludo
Fui vinculada al servicio docente por contrato el 1° de mayo de mayo de 1989 y nombrada el 30 de junio de 1995. Antes de esto trabaje varios años alfabetizando adultos en horas de la noche también en el sabatino.
Con las nuevas disposiciones que hay varias personas me dicen que tengo derecho a la pensión de gracia, atendiendo a la frase ” todos los docentes nombrados antes del 2003 tiene derecho a la pension de gracia”.
Es esto cierto o me bajo de las ” nubes “.
Gracias por su comentario
TRABAJE CON EL MUNICIPIO DE CANDELARIA - V- COMO MAESTRA POR UN PERIODO DE TRECE AÑOS Y SEIS MESES; POR PROBLEMAS DE INDOLE POLÍTICO ME RETIRE´EN EL AÑO 1987 PARA ENTRAR AL SECTOR PRIVADO, EN UN COLEGIO SUBSIDIADO POR EL INGENIO MAYAGUEZ EN SU TOTALIDAD, PARA LOS NIÑOS Y JOVENES DE LA REGIÓN, ESPECIALMENTE HIJOS DE SUS TRABAJADORES.
SI NO ME HE DESVINCULADO DE LA DOCENCIA, ¿PUEDO TENER DERECHO A LA PENSIÓN DE GRACIA?.
Soy madre de un niño especial y el otro año voy a cumplir 20 años al servicio de la docencia. ¿Es cierto que me puedo pensionar sin tener la edad’ Actualmente tengo 47 años. Le agradecería si me sacan de la duda. Gracias.
Apreciados amigos, acabo de leer el proyecto de ley 170 sobre la pensión de gracia. La mayoría de los docentes que hoy la disfrutan cumplieron con los requisitos después del primero de enero de 1990, igual sucede con quienes la estamos solicitando, con vinculación en la década del setenta.
Quiero preguntar dos cosas.
1. ¿Cómo se interpreta éste proyecto?
2. ¿Cobija a los maestros que nos vinculamos en la década de los setenta, hasta cumplir más allá de treinta años de servicio?
Trabajamos todo el tiempo con entereza y dedicación, no solo instruyendo, también formando a los jóvenes en principios cívicos, éticos, creativos y religiosos,hicimos escuela de padres, y consideremos a la Institución como propia.
Nosotros siempre fuimos y somos los mejores aliados de la sociedad y del Estado, para formarles hijos y ciudadanos honestos que hoy se cuentan entre quienes siguen construyendo el país.
Por lo anterior,en nombre de todos mis colegas, solicito que quienes fueron nuestros alumnos, tengan en cuenta que tienen un deber moral de legislar favorablemente para los maestros nacionales y nacionalizados de la década del setenta.
Nota: Adjunto el proyecto de ley 170 en su introducción.
María.
PROYECTO DE LEY 170 DE 2009 SENADO.
por medio de la cual se interpretan las Leyes sobre la Pensión Gracia de los maestros
El Congreso de la República de Colombia,
DECRETA:
Artículo 1º. Los docentes oficiales de la Educación Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media Vocacional, en cualquier modalidad del bachillerato, empleados y profesores de las escuelas normales e inspectores de instrucción pública (hoy supervisores docentes), que acrediten los requisitos exigidos en dichas normas y que hayan prestado sus servicios a cualquier entidad territorial ya sea nacional, departamental o municipal hasta el 1° de enero de 1990, por mandato de las Leyes 114 de 1913, 116 de 1928, 37 de 1933 y 91 de 1989, tendrán derecho a la pensión gracia.
Artículo 2º. El tiempo de servicio en educación preescolar, primaria, secundaria, media vocacional, supervisión o inspección educativa, se puede computar con el servicio en cualquiera de los otros niveles educativos, siempre y cuando se completen los veinte (20) años de servicio y la edad exigida por las leyes antes citadas.
Artículo 3º. Para hacerse acreedor a la pensión de gracia de jubilación, se podrán acumular tiempos de servicio prestados en entidades territoriales con el servicio a la Nación.
Artículo 4º. Esta ley rige a partir de la fecha de su expedición.
De los honorables Congresistas,
Oscar Fernando Bravo R., Representante a la Cámara, departamento de Nariño; Pedro Vicente Obando, Representante a la Cámara, departamento de Nariño.
PROYECTO DE LEY 170 DE 2009 SENADO.
por medio de la cual se interpretan las Leyes sobre la Pensión Gracia de los maestros
El Congreso de la República de Colombia,
DECRETA:
Artículo 1º. Los docentes oficiales de la Educación Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media Vocacional, en cualquier modalidad del bachillerato, empleados y profesores de las escuelas normales e inspectores de instrucción pública (hoy supervisores docentes), que acrediten los requisitos exigidos en dichas normas y que hayan prestado sus servicios a cualquier entidad territorial ya sea nacional, departamental o municipal hasta el 1° de enero de 1990, por mandato de las Leyes 114 de 1913, 116 de 1928, 37 de 1933 y 91 de 1989, tendrán derecho a la pensión gracia.
Artículo 2º. El tiempo de servicio en educación preescolar, primaria, secundaria, media vocacional, supervisión o inspección educativa, se puede computar con el servicio en cualquiera de los otros niveles educativos, siempre y cuando se completen los veinte (20) años de servicio y la edad exigida por las leyes antes citadas.
Artículo 3º. Para hacerse acreedor a la pensión de gracia de jubilación, se podrán acumular tiempos de servicio prestados en entidades territoriales con el servicio a la Nación.
Artículo 4º. Esta ley rige a partir de la fecha de su expedición.
De los honorables Congresistas,
Oscar Fernando Bravo R., Representante a la Cámara, departamento de Nariño; Pedro Vicente Obando, Representante a la Cámara, departamento de Nariño.
Deseo saber si el proyecto de lei 114 de 2009 sobre pension gracia radicado por el senador Avellaneda y otros favorecen a los docentes nombrado desde 1993
Novienbre 1 del 2009
Necesito informacion sobre lo relacionado con la pension gracia para los docentes nombrados despues de 1980 hasta 1989, es verdad que tenemos derecho,como va esta discusion´en el senado es verdad esto o son solo especulaciones.
Gracias.
soy docente vinculada desde el año 1994. tengo 44 años. si me retiro del servicio docente ya, puedo pasar mis fondos a otra parte para continuar cotizando las semanas restantes para no perder la jubilación.
Necesito pronta respuesta
Gracias
gracias por su colaboración.
Tengo 33 años trabajados enla educación, 12 delos cuales los trabaje en colegio privado .En 1988 fui nombrada en el sector oficial en propiedad,actualmente tengo 53 años y cuando cumpli los 50 y 20 años de trabajo en lo oficial hice la solicitud de la pensión gracia y me contestaron que no tengo derecho por haber sido nacionalizada y que quienes estuvieramos en este caso no tenemos derecho .Mi pregunta es:
¿Donde esta el derecho a la igualdad?
¿ con el proyecto del Doctor Luis Carlos Abellaneda que fue aprobado será que tengo derecho a la pensión gracia? Les agradezco su respuesta .
me vincule al magisterio el 11 de marzo de 1981 y alcanzo el estatus de pensionado el 1 de septiembre del 2010 con 50 años de edad y 29 años de servicio todos en basica primaria.¿ tengo derecho a la pension de gracia?
Espero pronto una respuesta y muchas gracias
fui pensionada por invalidez el 1 de septiembre del 2008 quisiera saber porque de la prima del mes de diciembre del 2009 me hicieron descuentos a caso esta no debe llegar completa lo que es un mes de salario.
gracias espero una respuesta .
Gracias por su ayuda:
Quiero saber si yo que cumpli los 50 años el 8 de septiembre y fui vinculada el 21 de febrero de 1981,puedo pasar los papeles para la pensión de gracia.
Soy estudiante de grado 9 en el año 2009, me beneficio afortunadamente de la educación publica en el distrito capital. He leído atentamente todos los comentarios y me parece injusto que el gobierno de Uribe les quite cada vez mas plata al salario de nuestros maestros¿como podemos colaborar los jóvenes para que no se sigan cometiendo estas injusticias?
Sin mas me voy deseándoles una feliz navidad y un prospero año
Por favor, espero respuesta a lo siguiente: soy maestra Nacional y conozco el proyecto de ley, muy bien argumentado por cierto,que presentó el Doc. Carlos Avellaneda respecto al reconocimiento de la PENSION DE GRACIA PARA LOS NACIONALES, mi demanda reposa desde años atras en manos de un buen abogado, PUEDO ESPERAR ME SEA RECONOCIDA ESTA PENSION?, EL CURSO DE LA DEMANDA DEBE SEGUIR?
Espero respuesta y gracias anticipadas.
Cordialmente.
yo creo que a los maestros nacinales, se nos está tomando el pelo y más allá, el tratamiento que se nos está dando por parte del gobierno, es más que injusto, al no querer reconocer los derechos de igualdad que nos confiere la Contitución nacional.
Pregunta. Porqué en el colegio donde yo laboro hay docentes con pensión gracia, si hemos trabajado lo mismo durante 37 años. si quieren nombres con gusto los envíaremos, y caso por caso. Acaso tienen otros privilegios que los demás desconocemos. gracias atentamente JOVIPESA. COLGUANENTA SAN GIL SANTANDER.
Soy docente activo, con nombramiento y posesiòn en el año de 1978, me retirè en el mismo año y regresè, nombrado y posesionado en el año de 1993 hasta la fecha. Durante los años de 1979 y 1995 trabaje en el sector privado. DESEO SABER SI TENGO DRECHO A LA PENSION DE GRACIA.
GRACIAS.
soy una docente activa,con 51 años de edad y 28 años de trabajo en primaria,fuì posesionada el 3 de febrero de 19881. cuando cumplì los 50 radique los papeles para la pensiòn de gracia y se me fuè negada.DESEO SABER SI YA PERDI ESE DERECHO O SIGO INSISTIENDO.
GRACIAS.
Fui vinculado en abril de 1968 ,en diciembre del mismo año nos cambiaron las condicones laborales como maestros nacionales nos pasaron la jubilacion a los 55 años ,cesantias año por año y mas tarde nos negaron la pension gracia todo ese trato injusto y discriminatorio se puede demandar por derecho a la igualdad.en los años siguientes se aprobo la pension gracia para secundaria de los maestros de secundaria territoriales desconocinedo a los nacionales por ser minoria.Solicito informacion sobre posibles demandas.
SOY DOCENTE NACIONALIZADA NOMBRADA EN 1994 YA CUMPLI LOS 50 AÑOS, TENGO DERECHO A LA PENSIÓN GRACIA SI O NO? POR FAVOR RESPONDAME. GRACIAS, LUZ
fui nombrado el 2 de abril del 81 a esta fecha ya cumplí 50 años de edad y 24 de servicio.¿tengo derecho a la pensión de gracia? o hay algun proyecto de ley que me reconozca este derecho? por favor enviar su respuesta a mi e mail varume02@yahoo.es gracias
fui nombrada en mayo del año 1981 quiero saber si tengo derecho a la pension gracia, tambien quiero saber si tengo derecho a que me nombren rectora del centro educativo donde venia laborando como directora rural pues pertenezco al 2277 y yo habri donde trabajaba desde preescolar hasta noveno y en diciembre del año 2008 me pasaron a dictar clase que por que habian converetido el centro en institucion y que yo tenia que presentar concurso si queria ser rectora aca en mi ciudad hubo muchos casos de esos y han demandado y se lo han ganado pero en la secretaria de educacion municipal me dicen que yo si no tengo derecho que si demando que pierdo la plata quiero que por favor me digan que hago por favor contestarmen mi correo es adonayceci@hotmail.com
MI duda es la siguiente:
Soy docente nombrado el 24 de julio de 1990, pertenezco a la nómina del departamento de Sucre, me han orientado que tengo derecho a la pensión gracia debido a mi régimen departamental. Desearía que se me aclarara esta duda
Muchas gracias
Laboro en el sector educativo desde el 15 de julio de 1979. Tengo 53 años de edad. No he presentado los papeles para acceder a la Pensión de Gracia, porque siempre he escuchado que quienes nos vinculamos con un nombramiento nacional no tenemos derecho a dicha pensión. Hace unos días un directivo que trabaja en el departamento del Valle, me insinuó que presentara los papeles, que un abogado en ese departamento había ganado varios pleitos de ese tipo al estado; al comentarle el caso a otro amigo que labora como administrativo en una institución del norte del Cauca, él me deanimó diciéndome que conocía el caso de un docente que se encontraba con la misma situación, ganó el pleito y empezó a cobrar la pensión por algunos meses hasta cuando descubrieron la infracción y hoy se encuentra detenido. Necesito que alguien me aclare la situación. Acudo al abogado que me recomendaron? O mejor me quedo quieto para no tener que terminar mi vida laboral recluído en una prisión? Gracias.
LA MESDA 14 DE DOCENTES EN EL GRADO 14 , ES UN DERECHO ADQUIRIDO. QUE HAY DE CIERTO , EN ESPERA DE SU RESPUESTA .
Querid@s compañer@s. Gracias por escuchar nuestro programa y escribirnos sus inquietudes. Hemos reenviado sus preguntas al presidente de FECODE, compañero Senen Niño, quien les respondera personalmente a sus correos electronicos.
Esperamos seguir contando con la difusión de Escuela para Padres y Madres los sábados de 10 a 11 de la mañana por radio santa fe 1.070AM y también atraves del Real audio http://www. escuelaparapadresymadres.com.
Cordial Saludo
Gerardo Clavijo F.
Director.
MUY BUENAS TARDES SOY DOCENTE PROVISIONAL CON NOMBRAMIENTO INDEFINIDO DESDE EL 2008 ,PERO HACE DOS SEMANAS MI MEDICO ME INFORMO QUE DEBIA EMPEZAR HEMODIALISIS PARA PROLONGAR MI VIDA , ESTOY MYU PREOCUPADA POR QUE MI MEDICO Y LA DE TRABAJO SOCIAL ME DICEN QUE ME DEBO INCAPACITAR
DE FORMA CONSECUTIVA PARA TENER DERECHO A LA PENSION DE INVALIDEZ.
PERO ME ANGUSTIA QUE ME TRANSLADARON DEL COLEGIO QUE ERA CERCANO ALA CIUDAD A UN COLEGIO QUE ESTA A DOS HORAS Y ESA PLAZA DE ALLA SALIO A CONCURSO OSEA QUE SI IGUAL ESTOY INCAPACITADA ME PUEDEN ECHAR DE MI TRABAJO Y QUEDARME SIN SALUD
Soy docente nombrado el 2 d enero de 1989 con el municipio, Mi pregunta es la siguiente: ¿Tengo derecho a la pensión gracia?
gracias.
trabaje como docente contratata por un municipio durante los años 1990 a 1995 nunca me reconocieron vacaciones, ni seguridad social.
he oido que hay una jurisprudencia del consejo de estado que nos beneficia en algunos asuntos economicos y efectos pensionales , quisiera tener claridad y asesoria ante esta inquietud.
Agradezco informacion clara y veraz.
solicito informavion sobre my pension gracia cuya radicacion fue el2008 06 27pienso que merezco respeto y atencion a mis solicitudes
me parece bueno este servicio.
Aprovecho la oportunidad para plantear esta PREGUNTA: trabajé como docente en educación primaria al servicio de la Secretaria de Educacion de Bogota Distrito Capital, desde el 1 de febrero de 1970 hasta el 1 de marzo de 1980, luego como asesor juridico de la secretaria de Hacienda distrital desde el 4 de febrero de 1980 hasta el 2 de febrero de 1982.Tengo 60 años. Tengo derecho algún tipo de pensión?
Agradezco su respuesta.
TRABAJE ALTERNADAMENTE CON EL MUNICIPIO DE CALI Y EL DEPARTAMENTO DEL VALLE POR SOLUCIONES EDUCATIVAS DESDE EL 1 DE SEPT. HASTA EL 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1993, FUI NOMBRADA NACIONAL EL 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1993.eN EL AÑO 2003 EL MUNICIPIO DE CALI NOS INCORPORÓ A LA PLANTA DE SERVICIOS PARA SU CERTIFICACION. EN LA ACTUALIDAD ESTOY PROXIMA A CUMPLIR 20 AÑOS DE SERVICIOS.MI PREGUNTA ES ¿TENGO DERECHO A LA PENSION GRACIA POR HABER LABORADO 5 AÑOS A SOLUCIONES EDUCATIVAS DEPARTAMENTAL Y/O MUNICIPAL.MIL GRACIAWS
ROSARIO
Con todo el respeto que se merecen y conocedores de todo esto, que para uno es a veces complicado… necesito saber si despues de haber cumplido mi tiempo de pensión y esperando a que me llegue la resolucion, si me pueden seguir sacando en la nómina, yo tengo 33 años trabajados y 55 años de edad cumplidos y me dicen en la empresa que deben seguir sacado, necesito que me aclaren por favor ese punto.
gracias
¿En que quedo el proyecto del doctor luis carloa avellaneda sobre la pension gracias para los docentes nombrados hasta 1990?
hay algun fallo a fovor o en contra
Buenas noches, quisiera saber en que va el “Proceso de la Pensión de Gracia” para los maestros NACIONALES, que fuimos nombrados en 1974 y que aún seguimos laborando. Dicha pensión se nos ha negado en todas las instancias.
Es cierto el comentario que está a un último debate para ser aprobada en el Congreso de la República para los maestros Nacioanles. Gracias
Buenas,mi mamá fue nombrada con la ley 60 del 93 y fue pensionada por invalidez hace 2 años. En el momento tiene 53 años, me gustaria saber si tiene derecho a la pensión de gracia.
EDGAR-PEPE.
Trabaje como docente al sevicio de la Compañia Minera Chocó Pacifico,en el departamento del Chocó-Andagoya,Empresa Privada desde 1.974 hasta 1984,cuando fui pasado al sevicio del departamento como maestro de primaria hata la fecha, igual que en el anterior . Mi pregunta es: ¿Tengo derecho a la Pensión de Gracia,como todos los demás maestros que la ganan?
Buenas Tardes, estoy esperando respuesta a la consulta realizda el 10 de febrero del 2010, Realize licencia de 60 días en la primaria en el año 1981, más tarde fuí nombrada en agosto 23/ 83 como docente con la conversión a nacionalizada. Deseo información si hay derecho a la pensión gracia y remitir la ley.
Gracias .
¿Qué sucedió con los maestros pensionados?
El aumento de la mesada pensional para el año 2010 fue la suma de veinte mil pesos. ($20.000,00)
Todos los trabajadores colombianos cotizamos durante muchos años para el ahorro de nuestras pensiones. No es un regalo, por eso reclamamos justicia en el aumento salarial como lo hacen en otras entidades.
Justicia es también que nos asignen la pensión de gracia a todos los maestros incluyendo a los docentes nacionales, ” en vida, hermano, en vida”.
Que se le de un trato justo y respetuoso a todos los maestros del país,con becas, facilidad de vivienda, salud de calidad y recreación, como lo hacen en paises como India, Estados Unidos, China y Japón, entre otros.
Gracias por este espacio que se brinda a los educadores , pero deseo saber:
*En dónde aparecen las respuestas a todas estas inquietudes?
* Qué ocurrió con la mesada 14 ? perdida se quedó?
Es necesario que se le de un trato justo y respetuoso a todos los maestros del país, facilidad de vivienda, salud de calidad y recreación, como lo hacen en paises como India, Estados Unidos, China y Japón, entre otros.
Quiero saber cuando nos pagan a los maestros del decreto 1278 el 8% que está pendiente según el acuerdo que se hizo con la secretaria y que nos fué comunicado por el senador Jorge Guevara. Acordémonos que estamos ya a finales de mayo y nada se ha sabido.
QUE TIENEN CONTRA LOS ABOGADOS, SON USTEDES ABOGADOS DE PACOTILLA, USTEDES NO COBRAN POR EL SERVICIO, CUANDO HA VISTO QUE SE ESTUDIE UNA PROFESION Y NO SE COBRE POR EL SERVICIO, QUE CLASE DE PROFESIONALES SON USTEDES, TIENE CUERPO GLORIOSOS QUE NO COMEN, NO DUERMEN Y NO COBRAN POR TRABAJAR, ES QUE SON LADRONES?
hola buenas
es cierto que si uno se jubila en el grado 13 adquiere la pension de gracia y se pierde la mesada 14, por recibir mas de tres salarios minimos es sierto
por favor espero pronta respuesta gracias
Cordial saludo.
Agradezco su atencion y servicio.
Fui nombrado en El Departamento de Risaralda en marzo de 1.969. En agosto de 1.978 me retire y luego en septiembre de 1979 fui nombrado nuevamente docente pero Nacional y aun estoy en servicio.
Mi prefunta es: ¿tengo derecho a pension de gracia?
Felicitaciones y Dios les pague.
BUENAS TARDES, QUIERO SABER COM VA EL TEMA DE LA PENSIÓN DE GRACIA, SI LOS DOCENTES QUE FUIMOS NOMBRADOS DESPUES DE 1991 TENEMOS DERECHO A ELLA, ESTO DE ACURDO A AL DEBATE QUE SE ESTABA DANDO EN LA CAMARA Y QUE HABIA PASADO UN SEGUNDO DEBETE.
ESPERO SU RESPUESTA MUCHAS GARCIAS
NECESITO CONOCER UN DOCUMENTO DONDE SE EVIDENCIE QUE DEL PARTE DEL GOBIERNO O DEL MINISTERIO DE EUDUCACION NACIONAL RECONOCE Y DECLARA QUE ACATA Y CONCEPTO DEL CONSEJO DE ESTADO MEDIANTE EL CUAL SE MANTIENE EL REGIMEN ESPECIAL DEL MAGISTERIO NOMBRADO ANTES DEL 27 DE ABRIL DEL 2003 Y POR CONSIGUINETE PARA ESTOS DOCENTES SIGUE SIENDO COMPATIBLE SALARIO Y PENSION
¿Tengo derecho a la pensión gracia, si me vinculé desde el año 1988 como docente Nacionalizado y luego me vinculé como docente Nacional en otro departamento?
Gracias por su pronta respuesta.
Humberto Valencia
soy docente nacionalizada.Nombrada en julio de 1982.necesito saber que de cierto hay que los docentes nombrados hasta 1989 tienen derecho a LA PENSION GRACIA ? Agradezco su respuesta a mi correo .
me nombraro por ley 60 de 1993 a un municipio de cundinamarca ya que venia laborndo provicionalmente mi pregunta es los de ley 60 tenemos derecho a la pension de gracia.
gracias por su respuesta
me nombraron por ley 60 de 1993 a un municipio de cundinamarca ya que venia laborando provicionalmente mi pregunta es los de ley 60 tenemos derecho a la pension de gracia.
gracias por su respuesta
En Febrero 1974 fui nombrado como maestro interino a la planta del departamento de Nariño. En 1976 fui nombrado como secretario de un colegio oficial de secundaria en el mismo departamento. En 1982 me retiré. 1988 ingresé en Peperira a una carrera de educación. licenciatura. En 1993 y 1994 trabajé en secundaria con el municipio de Dosquebradas en Risaralda. 1995 fui nombrado de planta en un colegio de Risaralda. 1996 fui nombrado como coordinador hasta la actualidad en el mismo plantel en Risaralda. Tengo derecho a pensión de gracia?
fui nombrada en 1976 como auxiliar administrativo en la Escuela Normal Nacional de VArones del Litoral Atlantico, de alli pase en 1989 al cccolegio Nacional Jose eusebio Caro en Barranquilla con nombramiento docente, en Fisca y Matematicas y actualmente soy docente en el INSTENALCO. Quiero saber si tengo derecho a pension gracia.
ES CIERTO QUE AHORA ES POSIBLE QUE PAGUEN LA PRIMA DE SERVICIO A TODOS LOS DOCENTES, INCLUYENDO LOS DEL DECRETO 1278, SI ES SI, POR FAVOR ENVIARME EL DOCUMENTO PERTINENTE. GRACIAS
Yo fui nombrado el 26 de Agosto de 1981 ya cumpli el estatu 50 de edad y 27 de servicio en la docencia tengo derecho a la pensin gracia mi nombramiento se DEPARTAMENTAL.En la ciudad de Monteria.Espero Respuesta gracias,
Fui nombrada el 6 de febrero del año 2004 (Ley 60), tengo derecho de pensionarme a los 55 años.
Gracias por su colabración
¿En que quedo el proyecto sobre la pension gracias para los docentes nombrados hasta 1990?
hay algun fallo a fovor o en contra
soy docente nombrada el 24 de mayo de 1.984 quiero saber si tengo derecho a la pension gracia
Atento saludo.
Fui nombrado por el ministerio de educacion nacional en el año de 1975 en secundaria, luego me trasladaron a un colegio nacionalizado y en este llevo 9 años y en total 35 años sirviendo a la educacion. Mi pregunta es, si tengo derecho a la PENSION DE GRACIA.
Muy amables.
Soy nombrado por decreto el 31 de Diciembre de 1980. pero me posecione el 11 de Febrero de 1981. ?sera que tengo derecho a la pencion gracia?
NECESITO INFORMACIÓN SOBRE LA PENSIÓN DE GRACIA PARA DOCENTES NACIONALIZADOS. ME VINCULÉ AL MAGISTERIO EN NORMAL NACIONAL EL 1 DE FEBRFERO DE 1971 Y TRABAJÉ 39 AÑOS EN INSTITUCIÓN NACIONAL. CREO QUE TENGO MÁS QUE MERECIDA MI PENSIÓN DE GRACIA. CONTESTENME POR FAVOR.
Soy docente del municipio de fusagasuga, estive nombrada el 8 agosto de 1979 y por muchas razones tuve que renunciar, luego volvi a ser nombrada en el año de 1994, pero desde 1991 estaba con catedra externa, quiero saber si tengo derecho a la pension gracia? tambien quiero saber cuales son los maestros nacionales y cuales nacionalizados?, en una constancia de trabajo aparezco zomo nacional, pero en lo decretos que tengo de los dos nombramientos en ninguno me dicen que soy nacional, en las dos ocasiones me nombró el departamento de cundinamarca. Quiero me aclaren esas dudas
Muchas Gracias
Trabaje 25 años como docente en colegios privados, 12 años en colegios del estado; fui nombrada en 1998, tengo 56 años.
mis preguntas son:
Tengo derecho a la pension gracia?
no entiendo muy bien sobre la prima extralegal. Tengo derecho a ella?
Hay un 14% que se aumenta en la pension del ISS por el conyuge. Nosotros tenemos ese derecho?
Gracias por su gran colaboracion.
Que Dios Te Bendiga
Buen dia y gracias por su ayuda.
Soy docente nacional desde el 1º de septiembre de 1979. Despues de las aprobaciones en primer y segundo debate en El Senado: ¿que sigue?, ¿Creen ustedes que existe alguna esperanza para nuestra pension gracia?
Dios les bendiga
porque nos quitaron una prima a los pencionados y quiero saber si a nosotros nos van a pagar lo que consiguio el alcalde de cali jorge ivan ospina gomez para los maestros incluyendo la prima que nos quitaronen juniogracias por la oportuna respuesta
tambien quiero saber porque nos descuentan para salud si nisiquiera cutilizamos esos servicios medicos ademas los educadores pensionados que estamos activos tenemos servicio medico y la ley dice que no se debe descontar sino unicamente una sola vez por salud porque tengo que esperar tanto para que me reciban mi comentario que sucede solo reciben los que les conbienen o que pasa no entiendo
tambien quiero saber porque nos descuentan para salud si nisiquiera cutilizamos esos servicios medicos ademas los educadores pensionados que estamos activos tenemos servicio medico y la ley dice que no se debe descontar sino unicamente una sola vez por salud porque tengo que esperar tanto para que me reciban mi comentario que sucede solo reciben los que les conbienen o que pasa no entiendo,es la complementacion del mensaje anterior
Qué sacamos con comentar todos nuestras inquietudes laborales aquí, si no encontramos una respuesta a ellas. O infórmen dónde las podemos encontrar. Gracias.
Soy docente del Magisterio del Cauca, cumplo los requisitos para adquirir la pension de gracia, pero la edad la cumplo el 6 de Agosto del presente año, deseo saber si de acuerdo a la reforma laboral actual a partir del 1 de Agosto del 2010, pierdo el derecho a la pension de Gracia
los docentes nombrados entre 1980 y 1989 tenemos derecho a la pensión de gracia?
los docentes nombrados entre 1980 y 1989 estan incluidos en este ppreyecto?
si la ley no es retroactiva para el caso de la vinculacion de maestros antes de la fecha citada 29 de dic. de 1989 no entiendo por que nose puede tener a favor ese fallo estan violando la ley lammisma corte .
FUI NOMBRADA EN EN DEPARTAMENTO DEL HUILA EN FEBRERO DE 1973 EN ESCUELA RURAL ,RENUNCIE EL 20 DE ENERO DE 1974 NUEVAMENTE NOMBRADA EN FEBRERO DE 1974 EN LA NORMAL NACIONAL DE FLORENCIA CAQUETA.LLEVO 37 AÑOS DE SERVICIO EN BASICA PRIMARIA. ME HAN NEGADO LA PENSION GRACIA .QUE HACER’?GRACIAS ALBA LUZ
Estoy desde el 2002 haciendo tramites para obtener mi pension gracia y hasta la fecha todo ha sido negado.Nombrada en 1973 con 37 años de servicio en la normal de florencia.Dos compañeras de trabajo si la obtuvieron normalmente con Cajanal.¿porque esas desigualdades dentro del mismo regimen.Gracias ALBA LUZ
GRATOS SALUDOS. ESTOY TRABAJANDO DESDE EL 17 DE DICIEMBRE DE 1980, TENGO ACTUALMENTE PENSION GRACIA,TENGO 51 AÑOS DE EDAD. NACI EL 31 DE AGOSTO DE 1958, EL 31 DE AGOSTO DEL AÑO2013 CUMPLO LOS 55 AÑOS, TEGO DERECHO A LA PENSION VEJES?, PUEDO SEGUIR TRABAJANDO HASTA LOS 65 AÑOS DE EDAD? O CUAL ES MI SITUACION A PARTIR DEL 31 DE JULIO DEL PRESENTE AÑO. MUCHAS GRACIAS DE UDS JAVIER MORENO QUINTERO.EL CERRITO VALLE.
un docente que esta actualmente pensionado con sus dos pensiones, puede solicitar comisión para laborar en el Congreso de la República? que pasaría con las pensiones? puede solicitar reliquidación de la pensión que le paga el departamento? cuanto tiempo tendría que trabajar para la reliquidación?
Agradezco su amable y pronta respuesta
me vincule el 1 de enero de 1981 a laborar en un colegio departamental nocturno domingo belisario gomez aprobado mediante resolucion nacional n. 10296de julio 4 de 1983 dane n.1199910001321 Nit.891.501.590-7 del municipio de Bolivar cauca colombia como bibliotecaria labore por contratos de prestacion de servicios del orden municipal durante 11 años 26 dias hasta el dia 26 de enero de 1998. Luego ingrese a la docencia en el año 2000 como docente de aula rural en el departamento del putumayo municipio valle del guamuez en forma comntinua municipio,departamento,y en el 2006 provisionalidad indefinida hasta la feacha soy docente bachiller pedagogica,del año 1983 ,normalista superior y tecnòloga en administracion a la fecha llevo laborando como docente capacitadora de adultos por contratos del ministerio desde el año 2004 hasta el 2009 en forma continua actualmente el 22 de junio del 2010 cumpli los 54 años deseo saber como hacer para solicitar lo de la pension a la que tengo mis derechos soy blanca Maria Ordoñez normalista superior ,tecnologa en administraciòn docente desplazada por la violencia y madre cabeza de hogar en edad de programa prepensional muchas gracias
OJO LA PROFESORA HILDA VIASSUS ES LA PEOR PROFESORA DE INFORMATICA DEL I.T.I
Quisiera saber, si tengo una pension por invalidez, que me otorgaron por que me lastime mucho la pierna derecha, puedo ser profesor en un colegio secundario ya que soy ingeniero agronomo, y tengo una protesis, mi consulta es que ocurre con mi pension si obtengo el trabajo.
Donde puedo encontrar la respuesta?
solicito estrato cervicio de pencion año cocitados 74320617
solicito estrato cervicio de pencion año 94 39756818
Cuánto tiempo según la ley demoran para pagar la pension de derecho?
Soy docente 1278 desde Agosoto 2005. Vinculado al fondo de pensiones del magisterio desde esa fecha. Coticé 700 semanas al seguro social y me trasladé a Protección donde he cotizado 300 semanas. Las semanas cotizadas al seguro socila fueron trasladadas a Protección por un Bono Pensional. Quiero que el Bono pase a manos del Fondo del Magisterio, sin embargo me informan que dicho Fondo no lo recibe. Me pueden informar que puedo hacer?
buenas noche me llamo gilberto bernal vivo en saha gun cordoba el 1 de agosto cumpli 20 años de servicio me nombraron el 1 de agost o del año 1990 hasta el el año 2010 . mi pregunta puedo tener mi pension por derecho con el año 57 de edad? actual mente trabajo en centro educativo los amarillos del municpio de saha gun — cordoba colmbia mi cel es 3205311852 y 7589047
Esperando una respuesta de su parte, soy docente de nominación nacional nombrado en el año de 1977 y hasta ahora no me han aprobado mi pensión de gracia, ya que la Ley se interpreta asi, por los honorables congresistas ” en cualquier modalidad del bachillerato” y hasta el momento no tengo respuesta favorable apesar, de estar ya radicada.
Atte: Freddy José Rangel Ortiz.
C.C. No- 3.961-578
1. Tumban pensiones de gracia de docentes nacionalizados …
6 Jun 2008 … Lunes 23 de agosto de 2010 - Actualizado hace 14 minutos …. La pensión gracia fue creada por la Ley 114 de 1913 para beneficiar a los …
rse.larepublica.com.co/…/tumban-pensiones-de-gracia-de-docentes-nacionalizados_26255.php - En caché - Similares
Bucaramanga. Los docentes nacionalizados vinculados al magisterio con posterioridad al 31 de diciembre de 1980 no tienen derecho a la pensión gracia. Aplicando esta disposición en los últimos meses los Altos Tribunales han rechazado las demandas de quienes reclaman este beneficio.
Siguiendo esta línea la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado el pasado 17 de abril negó un recurso de apelación instaurado por la profesora Gloria Yolanda Sierra Castillo, quien aspiraba a obtener el reconocimiento y pago de la jubilación, consagrada en la Ley 114 de 1913.
Cabe recordar que recientemente también la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia anuló la decisión de un tribunal de Ibagué en la cual había otorgado la pensión de gracia a 40 docentes del departamento.
En el caso del Consejo de Estado, los magistrados Jaime Moreno García, Gustavo Gómez Aranguren y Alfonso Vargas Rincón, confirmaron la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Santander el 25 de mayo de 2007, que dispuso que la maestra de secundaria no cumplió con los requisitos establecidos para hacerse acreedora a la pensión gracia ya que su vinculación se dio cerca de cuatro meses después de que finalizara el proceso de nacionalización de docentes, es decir, al 30 de diciembre de 1980.
Sierra Castillo solicitó la pensión ante la Caja Nacional de Previsión Social en 2001, tras acreditar 20 años de servicio en la docencia oficial.
Petición que fue rechazada por la Subdirección General de Prestaciones Económicas y el Jefe de la Oficina Jurídica de la entidad, mediante las resoluciones número 28111 de 3 de octubre de 2002, 09965 de 28 de mayo de 2003 y 6306 de 6 de agosto de 2004, ya que según la certificación expedida por la coordinadora de Hojas de Vida de la Secretaría de Educación de la Gobernación de Santander, la docente laboró en el Instituto Blanco Durán de Padilla entre el 27 de abril de 1981 y el 22 de agosto de 1984, y en el Instituto Técnico Superior de Comercio de Bucaramanga, desde el 23 de agosto de 1984 hasta el 18 de julio de 2001.
Con base en esta certificación, el Tribunal Administrativo de Santander determinó el no cumplimiento de los requisitos por parte de la demandante y precisó que su situación pensional debe ser manejada según lo establecido en el numeral dos, literal b, del artículo 15 de la Ley 91 de 1989.
En el mismo se dispone que “los docentes vinculados a partir del primero de enero de 1981, nacionales y nacionalizados, y para aquellos que se nombren a partir del 1 de enero de 1990, cuando se cumplan los requisitos de ley, se reconocerá sólo una pensión de jubilación equivalente al 75 por ciento del salario mensual promedio del último año. Estos pensionados gozarán del régimen vigente para los pensionados del sector público nacional y adicionalmente de una prima de medio año equivalente a una mesada pensional”.
La decisión del Consejo de Estado, pone en riesgo las pretensiones de un buen número de maestros de primaria y secundaria de todo el país, que pese a tener el estatus de nacionalizados no cumplen con la totalidad de los requisitos estipulados para obtener los beneficios de la pensión de gracia.
Requisitos
Para gozar de esta pensión los docentes deben comprobar que los empleos desempeñados fueron conducidos con honradez y consagración. También deben demostrar que carecen de medios de subsistencia en armonía con su posición social y costumbres, que no ha recibido actualmente otra pensión o recompensa de carácter nacional y que observa buena conducta. Si se trata de una mujer la condición es que sea soltera o viuda, que haya cumplido 50 años o que tenga una incapacidad por enfermedad u otra causa que le impide ganar lo necesario para su sostenimiento.
Mesada vitalicia
La pensión gracia fue creada por la Ley 114 de 1913 para beneficiar a los maestros de escuela primaria oficiales que hayan servido en el magisterio por un tiempo no menor de 20 años, a los cuales se les otorga el derecho a una mesada vitalicia. El beneficio estipulado en la norma fue extendido a los docentes públicos de secundaria mediante el artículo 3 de la Ley 37 de 1993.
Nacionalización
El proceso de nacionalización de la educación oficial en los niveles de primaria y secundaria, a los que se refieren las Leyes 114 de 1913, la 116 de 1928 y 37 de 1933, inició a partir de 1975 en virtud de la Ley 43 del mismo año. Este proceso finalizó el 31 de diciembre de 1980 y por esta razón los docentes vinculados después de esa fecha no tienen dere
1. Tumban pensiones de gracia de docentes nacionalizados …
6 Jun 2008 … Lunes 23 de agosto de 2010 - Actualizado hace 14 minutos …. La pensión gracia fue creada por la Ley 114 de 1913 para beneficiar a los …
rse.larepublica.com.co/…/tumban-pensiones-de-gracia-de-docentes-nacionalizados_26255.php - En caché - Similares
Bucaramanga. Los docentes nacionalizados vinculados al magisterio con posterioridad al 31 de diciembre de 1980 no tienen derecho a la pensión gracia. Aplicando esta disposición en los últimos meses los Altos Tribunales han rechazado las demandas de quienes reclaman este beneficio.
Siguiendo esta línea la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado el pasado 17 de abril negó un recurso de apelación instaurado por la profesora Gloria Yolanda Sierra Castillo, quien aspiraba a obtener el reconocimiento y pago de la jubilación, consagrada en la Ley 114 de 1913.
Cabe recordar que recientemente también la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia anuló la decisión de un tribunal de Ibagué en la cual había otorgado la pensión de gracia a 40 docentes del departamento.
En el caso del Consejo de Estado, los magistrados Jaime Moreno García, Gustavo Gómez Aranguren y Alfonso Vargas Rincón, confirmaron la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Santander el 25 de mayo de 2007, que dispuso que la maestra de secundaria no cumplió con los requisitos establecidos para hacerse acreedora a la pensión gracia ya que su vinculación se dio cerca de cuatro meses después de que finalizara el proceso de nacionalización de docentes, es decir, al 30 de diciembre de 1980.
Sierra Castillo solicitó la pensión ante la Caja Nacional de Previsión Social en 2001, tras acreditar 20 años de servicio en la docencia oficial.
Petición que fue rechazada por la Subdirección General de Prestaciones Económicas y el Jefe de la Oficina Jurídica de la entidad, mediante las resoluciones número 28111 de 3 de octubre de 2002, 09965 de 28 de mayo de 2003 y 6306 de 6 de agosto de 2004, ya que según la certificación expedida por la coordinadora de Hojas de Vida de la Secretaría de Educación de la Gobernación de Santander, la docente laboró en el Instituto Blanco Durán de Padilla entre el 27 de abril de 1981 y el 22 de agosto de 1984, y en el Instituto Técnico Superior de Comercio de Bucaramanga, desde el 23 de agosto de 1984 hasta el 18 de julio de 2001.
Con base en esta certificación, el Tribunal Administrativo de Santander determinó el no cumplimiento de los requisitos por parte de la demandante y precisó que su situación pensional debe ser manejada según lo establecido en el numeral dos, literal b, del artículo 15 de la Ley 91 de 1989.
En el mismo se dispone que “los docentes vinculados a partir del primero de enero de 1981, nacionales y nacionalizados, y para aquellos que se nombren a partir del 1 de enero de 1990, cuando se cumplan los requisitos de ley, se reconocerá sólo una pensión de jubilación equivalente al 75 por ciento del salario mensual promedio del último año. Estos pensionados gozarán del régimen vigente para los pensionados del sector público nacional y adicionalmente de una prima de medio año equivalente a una mesada pensional”.
La decisión del Consejo de Estado, pone en riesgo las pretensiones de un buen número de maestros de primaria y secundaria de todo el país, que pese a tener el estatus de nacionalizados no cumplen con la totalidad de los requisitos estipulados para obtener los beneficios de la pensión de gracia.
Requisitos
Para gozar de esta pensión los docentes deben comprobar que los empleos desempeñados fueron conducidos con honradez y consagración. También deben demostrar que carecen de medios de subsistencia en armonía con su posición social y costumbres, que no ha recibido actualmente otra pensión o recompensa de carácter nacional y que observa buena conducta. Si se trata de una mujer la condición es que sea soltera o viuda, que haya cumplido 50 años o que tenga una incapacidad por enfermedad u otra causa que le impide ganar lo necesario para su sostenimiento.
Mesada vitalicia
La pensión gracia fue creada por la Ley 114 de 1913 para beneficiar a los maestros de escuela primaria oficiales que hayan servido en el magisterio por un tiempo no menor de 20 años, a los cuales se les otorga el derecho a una mesada vitalicia. El beneficio estipulado en la norma fue extendido a los docentes públicos de secundaria mediante el artículo 3 de la Ley 37 de 1993.
Nacionalización
El proceso de nacionalización de la educación oficial en los niveles de primaria y secundaria, a los que se refieren las Leyes 114 de 1913, la 116 de 1928 y 37 de 1933, inició a partir de 1975 en virtud de la Ley 43 del mismo año. Este proceso finalizó el 31 de diciembre de 1980 y por esta razón los docentes vinculados después de esa fecha no tienen dere
1. Tumban pensiones de gracia de docentes nacionalizados …
6 Jun 2008 … Lunes 23 de agosto de 2010 - Actualizado hace 14 minutos …. La pensión gracia fue creada por la Ley 114 de 1913 para beneficiar a los …
rse.larepublica.com.co/…/tumban-pensiones-de-gracia-de-docentes-nacionalizados_26255.php - En caché - Similares
Bucaramanga. Los docentes nacionalizados vinculados al magisterio con posterioridad al 31 de diciembre de 1980 no tienen derecho a la pensión gracia. Aplicando esta disposición en los últimos meses los Altos Tribunales han rechazado las demandas de quienes reclaman este beneficio.
Siguiendo esta línea la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado el pasado 17 de abril negó un recurso de apelación instaurado por la profesora Gloria Yolanda Sierra Castillo, quien aspiraba a obtener el reconocimiento y pago de la jubilación, consagrada en la Ley 114 de 1913.
Cabe recordar que recientemente también la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia anuló la decisión de un tribunal de Ibagué en la cual había otorgado la pensión de gracia a 40 docentes del departamento.
En el caso del Consejo de Estado, los magistrados Jaime Moreno García, Gustavo Gómez Aranguren y Alfonso Vargas Rincón, confirmaron la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Santander el 25 de mayo de 2007, que dispuso que la maestra de secundaria no cumplió con los requisitos establecidos para hacerse acreedora a la pensión gracia ya que su vinculación se dio cerca de cuatro meses después de que finalizara el proceso de nacionalización de docentes, es decir, al 30 de diciembre de 1980.
Sierra Castillo solicitó la pensión ante la Caja Nacional de Previsión Social en 2001, tras acreditar 20 años de servicio en la docencia oficial.
Petición que fue rechazada por la Subdirección General de Prestaciones Económicas y el Jefe de la Oficina Jurídica de la entidad, mediante las resoluciones número 28111 de 3 de octubre de 2002, 09965 de 28 de mayo de 2003 y 6306 de 6 de agosto de 2004, ya que según la certificación expedida por la coordinadora de Hojas de Vida de la Secretaría de Educación de la Gobernación de Santander, la docente laboró en el Instituto Blanco Durán de Padilla entre el 27 de abril de 1981 y el 22 de agosto de 1984, y en el Instituto Técnico Superior de Comercio de Bucaramanga, desde el 23 de agosto de 1984 hasta el 18 de julio de 2001.
Con base en esta certificación, el Tribunal Administrativo de Santander determinó el no cumplimiento de los requisitos por parte de la demandante y precisó que su situación pensional debe ser manejada según lo establecido en el numeral dos, literal b, del artículo 15 de la Ley 91 de 1989.
En el mismo se dispone que “los docentes vinculados a partir del primero de enero de 1981, nacionales y nacionalizados, y para aquellos que se nombren a partir del 1 de enero de 1990, cuando se cumplan los requisitos de ley, se reconocerá sólo una pensión de jubilación equivalente al 75 por ciento del salario mensual promedio del último año. Estos pensionados gozarán del régimen vigente para los pensionados del sector público nacional y adicionalmente de una prima de medio año equivalente a una mesada pensional”.
La decisión del Consejo de Estado, pone en riesgo las pretensiones de un buen número de maestros de primaria y secundaria de todo el país, que pese a tener el estatus de nacionalizados no cumplen con la totalidad de los requisitos estipulados para obtener los beneficios de la pensión de gracia.
Requisitos
Para gozar de esta pensión los docentes deben comprobar que los empleos desempeñados fueron conducidos con honradez y consagración. También deben demostrar que carecen de medios de subsistencia en armonía con su posición social y costumbres, que no ha recibido actualmente otra pensión o recompensa de carácter nacional y que observa buena conducta. Si se trata de una mujer la condición es que sea soltera o viuda, que haya cumplido 50 años o que tenga una incapacidad por enfermedad u otra causa que le impide ganar lo necesario para su sostenimiento.
Mesada vitalicia
La pensión gracia fue creada por la Ley 114 de 1913 para beneficiar a los maestros de escuela primaria oficiales que hayan servido en el magisterio por un tiempo no menor de 20 años, a los cuales se les otorga el derecho a una mesada vitalicia. El beneficio estipulado en la norma fue extendido a los docentes públicos de secundaria mediante el artículo 3 de la Ley 37 de 1993.
Nacionalización
El proceso de nacionalización de la educación oficial en los niveles de primaria y secundaria, a los que se refieren las Leyes 114 de 1913, la 116 de 1928 y 37 de 1933, inició a partir de 1975 en virtud de la Ley 43 del mismo año. Este proceso finalizó el 31 de diciembre de 1980 y por esta razón los docentes vinculados después de esa fecha no tienen derecho a reclamar pension.
Fui nombrado el 26 de Agosto de 1981 ya cumpli el estatuo de los 50 y 20 tengo derecho a la pencion grasia mi nombramiento es departamental.
trabaje por solución educativa(contrato PNR) desde 1.987 hasta el 1.995,luego,trabaje con el municipio de Puerto Wilches del 1997 hasta el 2000 por contrato con todas las prestaciones sociales , posteriormente fui nombrdo en propiedad ley 715 laborando hasta la fecha , mi pregunta es me vale la inorporación por contrato para pensión y tengo derecho a la pensión de gracia?.